Ampliación de la deducción fiscal por rehabilitación de vivienda.

Buenas noticias para el sector de la construcción y servicios auxiliares. El Consejo de Ministros de ayer presentó la ampliación de las deducciones en el IRPF para la rehabilitación de viviendas. Esta deducción en el IRPF mejora la deducción temporal existente en la declaración de la renta para la rehabilitación de viviendas.

Desde el pasado año y hasta diciembre del 2012, las obras de rehabilitación en viviendas, mejoras de eficiencia energética y acceso a las nuevas tecnologías en el hogar, pueden deducirse en el IRPF estas inversiones mediante la correspondiente deducción. Dado que la cuantía de la misma, era una deducción casi testimonial, se ha ampliado sustancialmente para que sea más atractiva y sirva como estímulo al sector de la construcción.

Obras incluidas en la deducción por rehabilitación y nuevas características.

Las obras que se incluyen en el programa de deducción no cambian respecto las obras previstas en la deducción. Estas obras son todas las que se orienten a la mejora de la habitabilidad de la vivienda; eficiencia energética y del uso del agua, accesibilidad e instalación de infraestructuras para el acceso a Internet o a la TDT.

La novedad se introduce en que se elimina el requisito de vivienda habitual, pudiendo realizar estas obras en segundas residencias o viviendas destinadas al alquiler (sin actividad económica) y sin incluir las obras realizadas en garajes, jardines, parques, piscinas, elementos deportivos y análogos.

¿Cuáles son los baremos de deducción por la rehabilitación de viviendas?

Para la deducción por rehabilitación de la vivienda habitual se amplía la base de deducción hasta los 6.750 euros y se amplía el tipo de deducción al 20%.. Esta modificación puede generar una deducción máxima de 1.350 euros al año. Además, se aumenta el límite plurianual máximo deducible, que pasa de 12.000 euros a 20.000 euros.

Es decir, la cuantía máxima que podemos deducirnos en varios años es de 20.000 euros, aunque la obra se haga en un sólo ejercicio y el ahorro fiscal que se genera es de 4.000 euros a distribuir en los años siguientes. Esta deducción no puede aplicarse en simultáneo con la adecuación de viviendas para minusválidos u otros programas de rehabilitación y adaptación de viviendas que den derecho a practicar una deducción en el IRPF por las obras realizadas.

Cómo deben aprovechar las empresas estas deducciones.

Las empresas dedicadas a las reformas, obras de albañilería y sectores auxiliares, deben lanzar una campaña de marketing informando a sus clientes de las ventajas de la deducción y del ahorro fiscal máximo que se consigue mediante la realización de obras, que es ni más ni menos que el 20% del coste total con el límite de 4.000 euros.

Cada empresa debe articular el mejor sistema que se le ocurra para publicitarlo, desde buzoneo, a campañas de mailing o anuncios en la web, con el objetivo de llamar a sus clientes para que adapten sus viviendas y generar la ansiada venta. Además, hay que tener presente que esta ampliación de la deducción por la rehabilitación de viviendas, persigue aflorar economía sumergida, por lo que las empresas deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Finalizar las obras antes del 31/12/2012
  • Emitir la correspondiente factura oficial con el IVA desglosado. Recordemos que para estas obras,tenemos el IVA reducido al 8% desde la modificación en el año pasado.
  • El pago de la factura debe hacerse con cualquier medio que no sea mediante pago en efectivo. bien sea transferencia, cheque nominativo, tarjeta de crédito o cualquier otro medio que identifique perfectamente al cliente y a la empresa receptora.

Tal y como vemos, las condiciones a cumplir no son nada del otro mundo y simplemente, reflejan la actividad diaria de cualquier empresa, por lo que promocionar esta deducción fiscal, puede servir a las empresas para mejorar sus cuentas de resultados.

 

Fuente: Blog Sage Experience

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